Regresión de derechos para los usuarios de servicios públicos

La Secretaría de Energía de La Nación dicto la Resolución 14/2018, por la que se quitan beneficios a los usuarios energéticos. La resolución deja sin efecto la Res. N°212/2016, parte de la Res. 474/2017 y la Resolución 218/2016.

Según la Resolución 14/2018 de la Secretaría de Gobierno de Energía, se dejan sin efecto el artículo 10 de la Resolución No 212 del 6 de octubre de 2016 y los artículos 3°, 6° y 9° de la Resolución N° 474 del 30 de noviembre de 2017, ambas del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA. Asimismo, sustituyo la Resolución 218/2016.

1) DESAPARECEN TOPES DE AUMENTOS. La Res. 212, articulo 10 fijaba topes, e instruía al ENERGAS para que establecieran montos porcentuales que no debía superar los aumentos taifarios.

2) DESAPARECEN BONIFICACION POR AHORRO. La RESOLUCIÓN N° 474 DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2017 establecía una bonificación de 10% en el precio del gas naural por redes, para todas las categorías de usuarios residenciales que registrasen un ahorro en su consumo igual o superior al 20% con respecto al mismo periodo del año 2015.

3) REDUCCION DE BENEFICIOS PARA ENTIDADES DE BIEN PUBLICO. La RESOLUCIÓN N° 218 DEL 11 DE OCTUBRE DE 2016 del Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público creado por la Ley N° 27.218, equiparaba en facturas de gas y de electricidad, a las entidades de bien público como categoría T1-R “Pequeñas Demandas de Uso Residencial, abaratndo el costo del consumo. Ahora es sustituido por la categoria residencial q corresponda segun el consumo.

4) MODIFICACION TARIFA SOCIAL.
Respecto de la Tarifa social sólo se subsidiará un bloque de consumo mínimo, que varía según la distribuidora y el mes, mientras que al excedente se le aplicará el precio pleno.

(*) Presidente y Secretario de DEUCO

 

 

 
*Nota compartida del sitio www.codigobaires.com.ar

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