DEUCO denuncia que desaparecen las bonificaciones en el ahorro energético y beneficios a las Entidades de Bien Público

También los topes de aumentos en las tarifas y la social sobre se beneficia en un porcentaje ya que se modificaron resoluciones de la Secretaría de Energía de la Nación.

La ONG DEUCO pone en conocimiento que una Resolución – la 14/2018- de la Secretaría de Energía de La Nación quita beneficios a los usuarios energéticos.
La nota que firma el Presidente de quien Defiende a Usuarios y Consumidores, Pedro Bussetti, expresa que con esta medida desaparecen los topes en los aumentos tarifarios, que fijaban varias Resoluciones, tales los casos de Res. N°212/2016, parte de la Res. 474/2017 y la Resolución 218/2016.
Por la nueva disposición se dejan sin efecto el artículo 10 de la Resolución No 212 del 6 de octubre de 2016 y los artículos 3°, 6° y 9° de la Resolución N° 474 del 30 de noviembre de 2017, ambas del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA. Asimismo, sustituyó la Resolución 218/2016.
DEUSA señala que estos cambios hace que:
1) DESAPARECEN TOPES DE AUMENTOS.
La Res. 212, articulo 10 fijaba topes, e instruía al ENARGAS para que establecieran montos porcentuales que no debía superar los aumentos tarifarios.
2) DESAPARECEN BONIFICACIÓN POR AHORRO.
La RESOLUCIÓN N° 474 DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2017 establecía una bonificación de 10% en el precio del gas natural por redes, para todas las categorías de usuarios residenciales que registrasen un ahorro en su consumo igual o superior al 20% con respecto al mismo periodo del año 2015.
3) REDUCCIÓN DE BENEFICIOS PARA ENTIDADES DE BIEN PUBLICO.
La RESOLUCIÓN N° 218 DEL 11 DE OCTUBRE DE 2016 del Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público creado por la Ley N° 27.218, equiparaba en facturas de gas y de electricidad, a las entidades de bien público como categoría T1-R “Pequeñas Demandas de Uso Residencial, abaratando el costo del consumo. Ahora es sustituido por la categoría residencial que corresponda según el consumo.
4) MODIFICACIÓN TARIFA SOCIAL.
Respecto de la Tarifa social sólo se subsidiará un bloque de consumo mínimo, que varía según la distribuidora y el mes, mientras que al excedente se le aplicará el precio pleno.

 

*Nota compartida del sitio www.cadenanueve.com

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